Caso Trapani: la Corte Suprema de Tucumán absolvió a los dos condenados por abuso

La Corte Suprema de Justicia de Tucumán revocó las condenas contra Franco de Jesús Trapani y Álvaro Rodríguez, quienes habían sido sentenciados a 10 y 8 años de prisión, respectivamente, por abuso sexual con acceso carnal agravado. El máximo tribunal provincial resolvió absolver a ambos acusados al considerar que existían dudas insuperables sobre los hechos investigados.

La decisión se apoyó en un dictamen previo del ministro fiscal Edmundo Jiménez, quien había cuestionado la sentencia de primera instancia por entender que presentaba serias deficiencias en la valoración de la prueba y un análisis insuficiente de las contradicciones surgidas durante el proceso.

Pruebas perdidas y fallas en la investigación

Uno de los puntos centrales del fallo fue el análisis de las irregularidades en la preservación de la evidencia. La Corte señaló que no pudieron recuperarse correctamente datos de teléfonos celulares, se perdió información digital relevante y también se extraviaron los registros originales y copias de las cámaras de seguridad vinculadas a la causa.

Para los jueces, estas falencias impidieron reconstruir los hechos con el grado de certeza necesario para sostener una condena penal.

También evaluaron los mensajes posteriores al hecho

El fallo además tomó en cuenta el intercambio de mensajes entre la denunciante y uno de los acusados al día siguiente del episodio investigado. Ese elemento ya había sido destacado por el Ministerio Público Fiscal, que sostuvo que esas conversaciones debían analizarse dentro del conjunto de pruebas disponibles.

En ese contexto, la Corte concluyó que la acusación y la defensa contaban con elementos de similar peso, por lo que correspondía aplicar el principio de presunción de inocencia y el beneficio de la duda.

Como consecuencia de la absolución, también quedó sin efecto la reparación civil que había sido fijada en favor de la denunciante en la sentencia original.