El conflicto por el financiamiento universitario escaló a la esfera judicial. La Asociación del Personal de la Universidad Nacional de Tucumán (APUNT) interpuso un amparo colectivo ante la Justicia Federal, denunciando un «veto de facto» a la Ley N° 27.795. La medida busca la declaración de inconstitucionalidad del Decreto N° 759/2025, que afecta a más de 2.900 trabajadores no docentes.

Un decreto que promulga, pero suspende

El eje de la presentación judicial es el controversial Decreto N° 759/2025. El gremio tucumano acusa al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) de un «exceso reglamentario» con esta norma. En un acto calificado como contradictorio, el decreto promulga la Ley N° 27.795, pero simultáneamente dispone la suspensión de su aplicación hasta que el Congreso determine nuevas fuentes de financiamiento.

Para APUNT, esta maniobra anula en la práctica la ley, la cual es crucial por garantizar la actualización salarial del personal universitario conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El antecedente: la insistencia del Congreso

La disputa tiene un trasfondo político y constitucional denso. La Ley N° 27.795 fue sancionada por el Congreso el 21 de agosto. Posteriormente, fue vetada en su totalidad por el PEN, argumentando razones presupuestarias.

Sin embargo, el Congreso ejerció su potestad constitucional (Artículo 83 CN), reunió las mayorías calificadas necesarias e insistió con la sanción de la ley. De acuerdo a la Carta Magna, tras esta insistencia, el Poder Ejecutivo estaba obligado a su promulgación y ejecución sin más trámite. En lugar de eso, emitió el decreto que ahora se encuentra judicializado.

La violación de la división de poderes

El núcleo del amparo, patrocinado por el abogado Gonzalo Casas, sostiene que el decreto viola principios constitucionales básicos. Se argumenta que una norma de jerarquía inferior (el decreto) no puede derogar o suspender los efectos de una ley sancionada por el Congreso.

El escrito de APUNT subraya que esta acción vulnera la división de poderes (Art. 1° CN) y la jerarquía normativa (Art. 31 CN). Al suspender la ley después de la insistencia del Congreso, el Ejecutivo estaría, de hecho, arrogándose una facultad de veto que la Constitución no le confiere. La presentación busca proteger el derecho a una retribución justa (Art. 14 bis CN) de los trabajadores y el normal funcionamiento de la educación superior.